(EMEN).- Según la nueva providencia del Sistema de Transacciones en Moneda Extranjera (Sitme), las personas naturales y jurídicas sólo podrán adquirir cierto número de divisas dependiendo de sus necesidades y del uso que se le vaya a dar.
Las personas naturales solo podrán comprar:
1) Hasta 1.000$ mensuales para completar remesas familiares
2) Hasta 5.000$ anuales para completar gastos de estudios en el exterior o para gastos de viajes al exterior
3) Hasta 10.000$ anuales para completar gastos de casos especiales como gastos médicos o para adquisición de bienes para la prestación de servicios profesionales
4) Hasta 150.000$ anuales por la venta de activos tangibles cuando cambie de residencia al exterior.
Las personas jurídicas:
Sólo podrán comprar hasta 50.000$ diarios y hasta un máximo de 300.000$ mensuales para:
1) Bienes y servicios NO incluidos en la lista 1 y 2 de bienes prioritarios del Ejecutivo.
2) Bienes y servicios Si incluidos en la lista 1 y 2 de bienes prioritarios del Ejecutivo PERO que no hayan recibido dólares de CADIVI en los últimos 90 días.
3) Bienes de capital.
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